El Instituto de Crédito Oficial es un banco público con forma jurídica de entidad pública empresarial, adscrita al Ministerio de Economía y Competitividad a través de la Secretaría de Estado de Economia y Apoyo a la Empresa.
Tiene naturaleza jurídica de entidad de crédito, y la consideración de Agencia Financiera del Estado, con personalidad jurídica, patrimonio y tesorería propios, así como autonomía de gestión para el cumplimiento de sus fines.
El ICO participa en varios fondos destinados a financiar inversiones en sectores y actividades de especial interés para la economía española.
Sus funciones son principalmente promover actividades económicas que contribuyan al crecimiento, al desarrollo del país y a la mejora de la distribución de la riqueza nacional. En especial, aquéllas que por su trascendencia social, cultural, innovadora o ecológica, merezcan una atención prioritaria.
Para conseguir estos objetivos, el ICO actúa de dos maneras bien diferenciadas:
1. Como Banco Público: El ICO concede préstamos para financiar operaciones de inversión de las empresas, tanto dentro como fuera de España y actúa de dos formas:
– Líneas de Mediación: el ICO diseña y fija las principales características de las diferentes líneas de financiación, a la vez que firma los correspondientes Acuerdos de Colaboración con las Entidades de Crédito para su comercialización a través de sus redes. Estas líneas están dirigidas fundamentalmente a trabajadores autónomos y pequeñas y medianas empresas. El ICO determina las dotaciones de cada línea, la finalidad de los préstamos, los tipos de interés y los plazos de amortización y provee de fondos a las entidades financieras. Éstas se encargan del análisis de las operaciones, determinan las garantías a aportar, deciden sobre la concesión de la financiación y asumen el riesgo de éstas.
– Financiación directa: se trata de financiación corporativa y estructurada de grandes proyectos de inversión productiva, públicos o privados. Son préstamos diseñados a la medida de las necesidades de la empresa solicitante, con un importe mínimo de 10 millones de euros y largos plazos de amortización. Para la solicitud de estos préstamos las empresas se dirigen directamente al ICO que estudia, concede y asume el riesgo de las operaciones. Esta financiación se concede preferentemente en colaboración con entidades privadas o públicas nacionales, internacionales o multilaterales.
2. Como Agencia Financiera del Estado: El ICO gestiona los instrumentos de financiación oficial, que el Estado español dota para fomentar la exportación y la ayuda al desarrollo, compensando el Estado al ICO por los costes que dicha gestión pueda conllevar.
También bajo esta modalidad el ICO financia, por indicación expresa del Gobierno, a los afectados por catástrofes naturales, desastres ecológicos y otros supuestos de interés general. En las operaciones que se realizan bajo esta modalidad, el ICO no asume el riesgo y por tanto, actúa previa dotación de fondos públicos y/o mediante compensación de diferenciales de tipos de interés.
