ACREEDOR

La persona que presta dinero a otra.

Es la parte, bien persona, institución, empresa, etc., a quien se le debe algo (se tiene una deuda contraída), y por tanto existe la obligación de pagarle por parte del deudor en una fecha establecida. Es quien cobra la deuda.
El acreedor tiene la facultad de exigir el pago o el cumplimiento de lo acordado a la otra parte (deudor) al vencimiento del plazo estipulado. Este derecho que posee el acreedor perdura en el tiempo hasta que se satisfaga la deuda.
También puede ser utilizado como adjetivo, por ejemplo si nos referimos a la contabilidad, en los saldos de las cuentas. Cuando se dice que la cuenta de resultados tiene saldo acreedor quiere decir que tiene saldo positivo. Esto se refiere a que la suma de las cantidades de los ingresos que se pueden representar en una cuenta, el haber es mayor a la suma de los gastos recogidos en del debe.
Así mismo se puede utilizar en referencia a los saldos de las cuentas bancarias. Cuando una persona física o jurídica no puede hacer frente a todas las deudas es posible que se encuentre en suspensión de pagos, o incluso en quiebra. Al procedimiento legal que se origina en estos casos se denomina concurso de acreedores.