Es un acuerdo formal, privado, hablado o escrito, entre dos o más personas, que tiene como consecuencia una serie de derechos y obligaciones para ambas partes, obligándose de esta manera a respetar y cumplir esas condiciones.
Debido a la característica de que es un acuerdo entre dos o más partes, existen infinidad de contratos. Es por ello que algunos están estipulados, y tienen que guardar una forma y unas condiciones por ley. Como ejemplos estarían los contratos de trabajo (contratos laborales), o los contratos de compra–venta de algunos bienes como las viviendas. Pero bien es cierto que existen otro tipo de contratos en donde no tiene que haber tales formalismos, sólo basta con aquellas cláusulas que quieran incluir ambas partes.
Otro de los aspectos a tener en cuenta en los
contratos, es que cada una de las partes debe disponer de una copia del mismo, estando firmada cada copia por todas las partes. Así, por ejemplo, cuando se contrata una línea de teléfono, debe existir una copia para la propia
empresa telefónica, como para el cliente.
Normalmente los
contratos se producen entre dos partes, pero puede llevarse a cabo entre dos o más partes interesadas. Tal y como se mencionaba anteriormente, todas las partes deberán tener una copia del mismo, firmada por todas las partes.
Las características que se recogen en los
contratos, se denominan cláusulas. Si se tienen dudas sobre alguna de las características del
contrato, se conseja preguntar para aclararlas, y nunca se debería firmar un
contrato hasta que no se esté
seguro de que se entiende todo lo que se firma.