Es un tributo que los ciudadanos están obligados a pagar por ley, de forma directa o indirecta, al Estado o a las Administraciones Públicas. Son abonados siempre en dinero.
Los tributos, sin contraprestación específica, son utilizados para financiar las necesidades colectivas, los bienes y servicios públicos, en definitiva, los gastos públicos. También existen otros tributos como las tasas y las contribuciones especiales. Todos ellos, al ser recaudados, conforman las partidas económicas del Estado, recogidas en los Presupuestos Generales del Estado (PGE), y destinadas a las necesidades del país y de la ciudadanía.
Existen impuestos directos e indirectos:
-Directos: son aquellos que gravan sobre la propiedad o la renta, como el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), sobre el patrimonio, sucesiones, etc.
-Indirectos: son los que se pagan a través del consumo, que sirve como indicador de los ingresos, recayendo este impuesto sobre la propia acción de comprar. El impuesto indirecto más conocido es el IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido).
Dentro de estos dos grandes grupos podemos encontrar impuestos con diferente carácter, como son los Impuestos Especiales (que gravan sobre consumos específicos), o los impuestos que no dependan del Estado, sino que competan a Administraciones Locales, Diputaciones o Comunidades Autónomas.
A su vez los impuestos, en función de cómo varíe su cantidad respecto a la base imponible, se dividen en:
- Proporcionales, aquellos en los que el porcentaje es independiente de la base imponible, es decir, se aplica el mismo porcentaje siempre.
- Progresivos, cuando el porcentaje varía en función de la base imponible, esto es, a mayor base impositiva, mayor porcentaje.
Un impuesto está formado por varios elementos:
– Hecho imponible: es el propio acto que da lugar a que nazca la obligación tributaria.
– Sujeto pasivo: es aquella persona (física o jurídica) que está obligada a satisfacer la obligación tributaria, es decir, a pagar el impuesto.
– Contribuyente: al que la ley le obliga a pagar.
– Sustituto: es aquella persona que puede ejercer la función del contribuyente, sin ser el propio contribuyente.
– Sujeto activo: es la administración que recibe ese pago del impuesto.
– Base imponible: es el importe sobre el cual surge el impuesto.
– Tipo de gravamen: es el porcentaje que se aplica a la base imponible para obtener la cuantía del impuesto. Puede ser variable o fijo.