Prestaciones económicas que pueden ser de duración indefinida (aunque no siempre ocurre así).
Normalmente, se conceden con motivo de la relación que dicha persona ha tenido con la Seguridad Social (acreditar un mínimo de cotización) siempre que se cumplan el resto de requisitos.
Dentro de este tipo se distinguen las prestaciones por jubilación, por incapacidad permanente o por fallecimiento (viudedad, orfandad,…).