¿Hay que declarar los beneficios de las apuestas online?

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Apostar online es cada vez más común. Ya sea en apuestas deportivas o en partidas de póquer en la red, cada vez son más los españoles que prueban suerte para ganar un dinero extra sin acudir a las tradicionales casas de apuestas.

Un estudio de Codere y la Universidad Carlos de Madrid asegura que en 2016 el número de jugadores online se incrementó en 100.000 personas, estimándose que los jugadores activos durante el año fue de 1,38 millones, lo que representa el 3,6% de la población entre 18 y 17 años.

EL DINERO GANADO EN APUESTAS TAMBIÉN TRIBUTA

Los beneficios obtenidos a través de apuestas o partidas de póquer online también deben declararse ante el fisco. El dinero ganado se declara en la Renta (IRPF) como ganancias de patrimonio que no deriva de transmisiones y que por tanto, y según apuntan desde el sindicato de técnicos del Ministerio de Hacienda, Gestha, tributan en la base general, que va desde el 19% al 45%, dependiendo del resto de ingresos que se tengan.

Es importante tener en cuenta que los españoles que invierten en apuestas deportivas y en partidas de póquer online deberán tener en cuenta que están sujetos a la legislación de su país de residencia y no a la del lugar en la que se encuentre registrada la entidad que gestiona el juego.

EN LAS APUESTAS Y EL PÓQUER PUEDEN DEDUCIRSE LAS PÉRDIDAS

Para el cálculo de esta ganancia derivada de las apuestas deportivas online, el contribuyente podrá deducirse las cantidades previamente jugadas por las que no obtuvo premio alguno, siempre que estas pérdidas no podrán superar a las ganancias.

Indicar que esta condición es excepcional de este tipo de apuestas, ya que no se aplica en otros premios como el de la Lotería Nacional, el sorteo de la Cruz Roja o los premios de la Once.

CON GANANCIAS DE MÁS DE 1.000 EUROS HAY QUE DECLARAR

Todos aquellos jugadores que participen en apuestas o en juegos online y obtengan unos beneficios netos mayores a 1.000 euros estarán obligados a hacer la Declaración de la Renta.

Así, según explican desde el sindicato de los técnicos de Hacienda, «si se obtienen más de 1.000 euros en conjunto por ganancias patrimoniales, por subvenciones, ayudas públicas o por premios» se está obligado a presentar la declaración aunque no se estuviera previamente obligado por las rentas percibidas por el trabajo remunerado.

Fuente: Europa Press (21 junio 2017)

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