¿Cómo ahorrar en tus impuestos?

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Los españoles dedican medio año de su sueldo a pagar impuestos. Ese es la situación de un trabajador con un sueldo medio de 24.400 euros. En total, son 182 días de trabajo los que se dedican al año para hacer frente al cumplimiento de sus obligaciones tributarias para sostener el Estado del Bienestar y empezar a generar ingresos para su propio disfrute, según el think tank Civismo.
Concretamente, con este sueldo de 2.000 euros mensuales se necesitarían 102 días de trabajo para pagar las cotizaciones a la Seguridad Social. Sin embargo, existen deducciones en la cuota de la Declaración de la Renta de las que puedes beneficiarte en función de tus circunstancias personales.
Por este motivo, la Organización de Consumidores, OCU, ha elaborado un informe en el que aparecen ventajas fiscales que pueden ponerse en práctica y poder ahorrar de cara a la próxima Declaración de la Renta.
VIVIENDA HABITUAL
Si has adquirido un inmueble antes de 2013, por ley, tienes derecho a deducción siempre que sea tu vivienda habitual, es decir que hayas vivido en ella durante al menos tres años previos.
Pese a que la nueva reforma fiscal no afecte a la deducción por compra de vivienda, con los requisitos vigentes puedes llegar a descontarte un 15% de lo pagado sobre un límite máximo de 9.040 euros.
De esta forma, si se pagan menos de 9.040 euros anuales de préstamo y se está en condiciones de amortizar, lo recomendable sería amortizar por anticipado una cantidad que llegue hasta ese límite, aprovechando la deducción de forma íntegra.
SITUACIÓN FAMILIAR
¿Tienes que pagar una pensión alimenticia? ¿Eres familia numerosa? En este caso tienes derecho a reducciones en Declaración de la Renta. Por ejemplo, las familias numerosas con tres o más hijos también tendrán derecho a esta ayuda de 100 euros mensuales, o aquellas que tengan dos hijos pero uno de ellos presente una discapacidad del 33%.
Las familias que cuiden de personas con discapacidad podrán cobrar por anticipado una deducción de 1.200 euros anuales en el IRPF, a razón de 100 euros mensuales, como la que actualmente perciben las madres con hijos menores de tres años. Concretamente, podrán aplicarse esta deducción las familias con hijos, padres o abuelos dependientes con una discapacidad superior al 33%.
TRANSMISIONES PATRIMONIALES
Si estás pensado en transmitir una vivienda y aún no tienes 65 años, es conveniente que esperes. Por ley, la ganancia obtenida con la venta o la donación de la vivienda habitual se encuentra libre de impuestos a partir de esa edad.
PLANES DE PENSIONES
Si tienes pensado rescatar un plan de pensiones, es preferible que esperes hasta 2016 porque la cuantía impositiva será menor. Con la entrada en vigor de la nueva reforma fiscal, los rendimientos del ahorro pasarán a tributar a un mínimo del 19% y un máximo del 23%.
De esta forma, el ahorro de hasta 6.000 euros que en 2014 tributaba al 21% pasará al 19% en 2016; entre 6.000 y 24.000 euros pasará a ser del 19% en 2016 y aquellas rentas que superen los 50.000 euros pasaran a tributar al 23%.
DONATIVOS
El altruismo ahora se deduce. Si durante el año 2015 has realizado un donativo a una ONG fundación o entidades sin ánimo de lucro, este año vas a poder deducir más.
En concreto, los primeros 150 euros donados tienen una deducción del 50% y sobre las aportaciones que rebasen dicha cantidad pueden obtener un 27% de deducción.
GASTOS LABORALES
En el informe, señalan que los gastos judiciales relacionados con el trabajo se pueden deducir en la Declaración de la Renta. Los gastos legales relacionados con un despido improcedente es uno de ellos siempre que no rebase el límite de los 300 euros.
DISCAPACITADOS
Entre los contribuyentes beneficiarios por la reforma fiscal se encuentran los discapacitados. Se engloba dentro de esta categoría a aquellas personas cuyo problema de salud rebasa el 33% de una serie de criterios.
Por ello si tienes un grado de discapacidad igual o superior a este porcentaje dispones de beneficios fiscales. En estos casos, la organización de consumidores recomienda realizar una solicitud por correo antes de que finalice el año 2015.

Fuente: Europa Press

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