Jean Tirole

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Premio Nobel de Economía en 2014

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Biografía

El Premio del Banco de Suecia en memoria de Alfred Nobel del año 2014 ha sido concedido a Jean Tirole por “su análisis del poder de mercado y la regulación”. El “poder de mercado” se refiere al grado de control económico que una empresa o un conjunto de ellas tienen en un sector y la teoría de la regulación trata de aportar bases científicas para las políticas de intervención en aquellos sectores donde hay poder de mercado.

Perspectiva general

Jean Tirole (1953) es el tercer economista nacido en Francia que recibe el Nobel de Economía (el primero fue Gerard Debreu, en 1983, quien estaba entonces en la Universidad de California en Berkeley, y el segundo fue Maurice Allais, en el año 1988). Su punto de partida es el propio de los mejores economistas franceses: muchas matemáticas (recuérdese, además de a los dos ya citados, a Cournot, Dupuit y Walras). Tirole es ingeniero de puentes y caminos, y se doctoró en matemáticas, todo ello en París, pero su siguiente movimiento fue hacia Estados Unidos y la Economía (se doctoró en el MIT). En la actualidad anda entre Toulouse (Escuela de Economía de Toulouse) y Boston (MIT).

Jean Tirole ha publicado 168 artículos en revistas científicas, en torno al 80% con otros autores. En primer lugar, con Jean Jacques Laffont (1947-2004), con quien publicó 24 artículos. Laffont era, en palabras de Tirole, una “mente enciclopédica”, que se doctoró en Harvard y publicó artículos fundamentales sobre el diseño de mecanismos con Maskin, uno de los tres Nobel del año 2007 (sus discursos Nobel están disponibles en el número 44 de RAE Revista Asturiana de Economía), con el que también ha publicado 11 artículos Tirole. Al decir de Tirole, Laffont “será recordado durante mucho tiempo por su desinteresada contribución a la creación de instituciones en Europa y en particular Toulouse”, donde ha sido clave en el desarrollo de la Escuela de Economía de Toulouse.

Tirole se ha centrado en los temas por los que le han dado el Nobel (según el Informe Científico de la Fundación Nobel, sus trabajos pueden incluirse en tres grandes bloques: la regulación de las empresas dominantes – bloque en el que se incluye el artículo que se resume en el siguiente apartado- , la organización industrial y la política de la competencia). Además, ha trabajado también en otros temas tales como el de la teoría de juegos, el del diseño de mecanismos, el de las finanzas o el de las burbujas en los mercados de activos. Últimamente (desde 2003), se dedica también a la economía conductual, en la que aborda aspectos tales como las motivaciones, las “creencias en un mundo justo”, la dignidad, la identidad, las morales y los tabúes.

El modelo de la regulación de 1986

Hay cosas “naturales”, esto es, “pertenecientes o relativas a la naturaleza o conforme a la cualidad o propiedad de las cosas”; DRAE, primera acepción) y cosas “artificiales”, esto es, “hechas por mano o arte del hombre” (primera acepción), “producidas por el ingenio humano” (tercera acepción). Por ejemplo, las innovaciones son claramente artificiales y pueden llevar a monopolios “artificiales” (término no técnico), esto es, a disfrutar de las ganancias extraordinarias generadas por esa idea nueva que sólo tiene el innovador (por eso es un monopolio) durante un período, mientras no surja otra innovación (otra idea, en definitiva) que tome el relevo. Así veía el mundo el gran economista Schumpeter en su obra Capitalismo, socialismo y democracia de 1942.

Frente a lo artificial, está lo “natural” y por eso se habla de “monopolios naturales” (y este sí que es un término técnico). El monopolio natural es, tal como nos señala el célebre manual de Samuelson (y Nordhaus) “empresa o industria cuyo coste medio por unidad de producción disminuye acusadamente en toda la gama de producción, por ejemplo, en la distribución local de electricidad”. La consecuencia es que “una única empresa, un monopolio, puede ofrecer la producción de la industria más eficientemente que muchas empresas”. Dicho de otra manera, a la puerta de nuestra casa sólo llega una línea de conducción eléctrica, por razones “naturales”, porque el que no haya varias líneas es lo “regular y que comúnmente sucede, y, por eso, fácilmente creíble” (sexta acepción de “natural”).

Aceptando, pues, que hay “monopolios naturales”, tenemos un problema, cual es que los monopolios llevan directamente a precios más elevados de los que habría en el mundo ideal de la competencia perfecta. Históricamente, se ha optado en general por la alternativa de que el monopolista cobre un precio mayor del propio de la competencia perfecta (en caso contrario, tendría pérdidas), pero, por así decirlo, “sin pasarse”. En síntesis, lo que tenemos hasta ahora es que el precio se relaciona con los costes (si suben estos últimos, sube el precio). Esta solución tiene sus problemas. Así, la empresa no tiene porque preocuparse de la reducción de los costes, pues si estos suben el remedio es bien sencillo: se cobra más. Hay, pues, intereses contrapuestos, ya que a los consumidores y al estado sí les interesa que se reduzcan los costes. Es aquí donde entran Tirole y Laffont con su célebre modelo de regulación publicado en 1986 (Laffont, J. J. y J. Tirole (1986): “Using cost observation to regulate firms”, Journal of Political Economy, 94, pp. 614-641) en el que hay dos tipos: uno denominado “principal”, que es el regulador, el estado, que está interesado en que se reduzcan los costes que tiene en forma de subvenciones (para simplificar, supondremos que el estado se hace cargo de todos los costes, con lo que los consumidores reciben el servicio gratis y, consecuentemente, podemos olvidarnos de ellos) y otro denominado “agente”, que es la empresa regulada (el monopolio) a la que, en principio, no le preocupa la magnitud de los costes.

Veamos a continuación lo que pasa una vez que están en el terreno de juego el “principal” (el regulador) y el “agente” (la empresa). Para ello es importante saber lo que saben, lo que pueden conocer, observar, ambas partes. Los costes totales incluyen los relacionados con la eficiencia de la empresa (unas son más eficientes que otras y, consecuentemente, tienen menos costes) y los costes asociados al esfuerzo que hace la empresa para reducirlos. El regulador conoce, observa, ve, los costes totales, pero no los costes desagregados, costes que sí ve la empresa. Hay pues diferencias respecto a la información y estas diferencias son decisivas. Así, sean cuales sean los costes reales de cada empresa, el regulador, por así decirlo, “no tienen quien le escriba” los costes desagregados y debe “diseñar un mecanismo” para hacerse con dicha información. Esto es lo que hacen Laffont y Tirole en su artículo de 1986, para animar a que se revele la información oculta en manos de la empresa, tanto la previa al contrato (la información sobre la eficiencia) como la posterior al contrato (la información sobre el esfuerzo). El punto de partida del mecanismo es que la empresa anuncia los costes totales que espera. Ahora sale a escena el regulador, quien compara los costes totales reales (que sí conoce) con los costes esperados anunciados. Si los costes esperados anunciados son menores que los reales, la empresa recibe una transferencia adicional (a una previa fija). Ahora volvemos a las empresas que, sabiendo todo esto, eligen el contrato que es más apropiado para su situación, dentro de los muchos contratos disponibles. Concretamente, algunas (las menos eficientes) optaran por el contrato en el que el regulador se hace cargo del 100% del exceso de coste y otras (las más eficientes) optaran por un contrato en el que se les dé una cantidad fija, esto es una cantidad independiente de los costes reales, con lo que contarán con un gran incentivo para reducir sus costes.

Es importante señalar que si, con el ánimo de reducir los costes, se opta por darles una cantidad fija independiente de los costes reales a todas las empresas (las más y las menos eficientes), el mecanismo no funciona, pues dicha cantidad fija debería ser muy grande para que la aceptaran las empresas menos eficientes y, lo que todavía empeora más las cosas, los gestores de las más eficientes anunciarían costes mayores de los que realmente tienen (recuérdese que los detalles de los costes sólo los conoce la empresa), con lo que el regulador tendría que darles también grandes cantidades a estas últimas. Dado que esta política generaría elevados costes para la sociedad, es preciso lograr un equilibrio entre los incentivos que se le dan a las empresas de altos costes para que los reduzcan y los incentivos que tendrían las empresas de bajos costes para extraer rentas.

Recapitulando, el modelo de la regulación de Laffont y Tirole de 1986 se enfrenta al problema de los costes que para la sociedad tienen los monopolios naturales y nos aporta una solución que supera a las existentes hasta entonces. Dicha solución se basa en tener muy en cuenta las diferencias de información entre el regulador y las empresas a la hora de diseñar un mecanismo (en este caso contratos) que, al revelar de una u otra manera la información oculta en las empresas y tratando de forma diferente a las empresas que son diferentes (contratos, por así decirlo, a la carta), permita reducir los costes que para la sociedad tiene el monopolio natural.

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