Directiva PSD2 para el sector financiero

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El mundo que hoy conocemos dista mucho de la realidad de hace 100 años. Su evolución ha ido de la mano de la tecnología y por la tanto, las finanzas también se han unido a su corriente evolutiva. La digitalización bancaria es cada vez mayor y la normativa que entraña tiene su propia historia y su propia vida. La nueva normativa PSD2 (Proveedores de servicios de pago), con nombre de robot de La Guerra de las Galaxias, aparecerá en enero de 2018 y planteará un escenario muy interesante a la vez que complicado para las finanzas.

PSD2 es la nueva normativa europea en materia de pagos y su fin es mejorar la posición del cliente en el contexto bancario. Esta regulación obliga a los bancos a dar acceso a la información de sus clientes a aquellos competidores (otros bancos o instituciones financieras) que lo soliciten. Por lo tanto, trata de estimular la competencia e innovación en los pagos digitales. Un hecho de capital importancia si se considera que el 54% de los usuarios a nivel mundial han hecho algún pago con el móvil, según el último informe de “Ditrendia 2017 Mobile”.

¿Cómo funcionará esta normativa en la práctica?
En la actualidad cuando un usuario realiza un pago en un comercio mediante tarjeta, es el comercio quien recurre al banco (dueño de las tarjetas) y a Visa o MasterCard (propietarios de la tecnología) para que la transacción se haga con éxito y se cargue el cobro en la cuenta corriente. Sin embargo, la normativa PSD2 va a eliminar esta cadena de intermediarios, para que mediante previa autorización del cliente, el comercio pueda ejecutar la orden de pago en nombre del usuario que paga con tarjeta.

Es en este punto donde aparecen los servicios de pagos a terceras empresas (TTPs) que posibilitan el pago sin la necesidad de los intermediarios, al tener acceso (posibilitado por la normativa PSD2) a las cuentas de los clientes. Este servicio de pago se compone de los servicios de iniciación de pagos (PSIP) y los servicios de información sobre cuentas (PSIC) que ya venían operando en el mercado de pagos, pero con numerosas barreras de entrada en los sistemas bancarios de los estados miembros de la Unión Europea.

Todo esto se realizará mediante APIs (Interfaces de programación de aplicaciones), es decir, un conjunto de protocolos informáticos que permiten a las TTPs el acceso a la información, facilitada por los bancos, de los clientes.

Por lo tanto, la PSD2, mediante las TPPs, posibilitará un igual acceso al mercado de pagos entre las entidades financieras y sus competidores, reduciendo así los gastos para el consumidor que realiza el pago digital. No obstante, Las TPPs deberán someterse a la misma normativa que los servicios de pagos tradicionales. Esto es, registro, autorización y supervisión por las autoridades competentes en esta materia.

Además, esta nueva normativa obligará a crear una red de clientes (usuarios de tarjetas o de pagos con móvil) que será de libre acceso para las distintas entidades financieras. De este modo, podrán conocer aún más a los clientes en cuanto a que financiaciones, productos de ahorro o saldos tienen en otras entidades. Siempre previo consentimiento del cliente.

Las principales ventajas que tendrán los consumidores finales serán un abaratamiento en los costes del comercio electrónico promovido principalmente por la desaparición de los intermediarios financieros en el proceso de pago. Asimismo, permitirá un asesoramiento en productos financieros al conocer mejor los hábitos de los consumidores.

Este marco de competencia en el contexto de pagos puede generar recelo ya que convierte la información de los clientes bancarios en una red de libre acceso a sus datos, aunque sin autorización del aludido no será posible el intercambio de su información financiera.

En definitiva, consiste en abrir el mercado a un modelo de competencia perfecta que a cambio de aportar tu información, obtienes un beneficio al reducir los costes en las transacciones mediante pago electrónico.

Autor: Daniel Moreno (8 noviembre 2017)

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